viernes, 5 de septiembre de 2014

¿Cadena perpetua en México?

5/Septiembre/2014
Noroeste
Mercedes Lamas
 

Actualmente pocos son los países que tienen prisión perpetua o vi­talicia; aun y cuando la tendencia de las naciones ha sido hacia el endurecimiento de las penas, existen muy pocos sis­temas que en la realidad aplican este tipo de sentencias. En sus legislaciones sí existe la prisión perpetua pero cuentan con me­canismos que permiten que los presos sean evaluados después de un tiempo para ver si siguen constituyendo un peligro para la sociedad y si tienen la capacidad y las herramienta para reintegrar­se en la sociedad.

Es así como en EE.UU. el pro­medio de los casos de prisión vi­talicia con posibilidad de libertad es de 6.4 años, en Alemania 18.7 y en Reino Unido de 12-15 años.

Por su parte existen países que constitucionalmente la tie­nen prohibida como Perú, Brasil, Venezuela, Costa Rica, Colom­bia, El Salvador, España y Norue­ga entre otros.

La postura de Naciones Uni­das (ONU) sobre este tema es de rechazo hacia la prisión de toda la vida natural del hombre, de­bido a que si el objetivo de dicha sentencia es la rehabilitación y la reintegración social al ence­rrarlos toda la vida, no se cumple, ni marginalmente, con dichos objetivos. Por otro lado establece que si se busca que la pena sea ejemplar y tenga como función la retribución, se pueden estable­cer plazos mínimos que cumplan con lo mencionado. La ONU re­comienda que la pena mínima sea de 10 años y la máxima de 25 para los delitos más graves.

Por su parte el Consejo de Eu­ropa establece que dicho plazo debe ser cuando mucho entre los 8 y los 14 años y que la pena máxi­ma de prisión debe ser de 35 años.

En el caso en el que las legisla­ciones cuenten con dicha senten­cia se debe de aplicar únicamen­te en los casos de los delitos más graves, siendo éste el homicidio intencional.

En los países con las legislacio­nes más avanzadas y los más ga­rantes de los Derechos Humanos, los plazos mínimos para que se haga la evaluación de si el recluso podría obtener la libertad oscilan entre los 10 y los 25 años, es así como Alemania, Noruega, Cana­dá, Venezuela, Italia, Inglaterra, Francia y Suiza, cuentan con 15, 25, 25, 30, 26, 15, 22 y 15 años de pla­zos mínimos, respectivamente.

De igual forma las sentencias máximas no tiene nada que ver con las que tenemos en México ya que en nuestro País una per­sona puede ser sentenciada a 100 años de prisión sin posibilidad de libertad alguna. En Noruega la pena máxima de prisión es de 21 años independiente del delito, en España 40, en Qatar 25 y en Dinamarca 12.

México al tener estas senten­cias que únicamente se diferen­cian en la terminología con la cadena perpetua, se contradice constitucionalmente, pues di­chas penas no buscan la rein­serción social del interno. Asi­mismo constituyen una carga económica importante para el Estado y sus contribuyentes.

En conclusión, México aun y cuando no cuenta con cadena perpetua como tal en sus legislaciones, es uno de los pocos paí­ses en el mundo que la aplica. En contadas naciones el interno tiene la posibilidad de pasar el resto de su vida tras las rejas, y desgraciadamente México es una de ellas. Evidentemente esto no nos hace un País más seguro, como ya lo he mencionado mu­chas veces, la solución a nuestro problema de seguridad no resi­de en políticas represivas con sentencias infinitas, sino en una política integral social.

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