Noroeste
Mercedes Lamas
Actualmente pocos son los países que tienen prisión perpetua o vitalicia; aun y cuando la tendencia de las naciones ha sido hacia el endurecimiento de las penas, existen muy pocos sistemas que en la realidad aplican este tipo de sentencias. En sus legislaciones sí existe la prisión perpetua pero cuentan con mecanismos que permiten que los presos sean evaluados después de un tiempo para ver si siguen constituyendo un peligro para la sociedad y si tienen la capacidad y las herramienta para reintegrarse en la sociedad.
Es así como en EE.UU. el promedio de los casos de prisión vitalicia con posibilidad de libertad es de 6.4 años, en Alemania 18.7 y en Reino Unido de 12-15 años.
Por su parte existen países que constitucionalmente la tienen prohibida como Perú, Brasil, Venezuela, Costa Rica, Colombia, El Salvador, España y Noruega entre otros.
La postura de Naciones Unidas (ONU) sobre este tema es de rechazo hacia la prisión de toda la vida natural del hombre, debido a que si el objetivo de dicha sentencia es la rehabilitación y la reintegración social al encerrarlos toda la vida, no se cumple, ni marginalmente, con dichos objetivos. Por otro lado establece que si se busca que la pena sea ejemplar y tenga como función la retribución, se pueden establecer plazos mínimos que cumplan con lo mencionado. La ONU recomienda que la pena mínima sea de 10 años y la máxima de 25 para los delitos más graves.
Por su parte el Consejo de Europa establece que dicho plazo debe ser cuando mucho entre los 8 y los 14 años y que la pena máxima de prisión debe ser de 35 años.
En el caso en el que las legislaciones cuenten con dicha sentencia se debe de aplicar únicamente en los casos de los delitos más graves, siendo éste el homicidio intencional.
En los países con las legislaciones más avanzadas y los más garantes de los Derechos Humanos, los plazos mínimos para que se haga la evaluación de si el recluso podría obtener la libertad oscilan entre los 10 y los 25 años, es así como Alemania, Noruega, Canadá, Venezuela, Italia, Inglaterra, Francia y Suiza, cuentan con 15, 25, 25, 30, 26, 15, 22 y 15 años de plazos mínimos, respectivamente.
De igual forma las sentencias máximas no tiene nada que ver con las que tenemos en México ya que en nuestro País una persona puede ser sentenciada a 100 años de prisión sin posibilidad de libertad alguna. En Noruega la pena máxima de prisión es de 21 años independiente del delito, en España 40, en Qatar 25 y en Dinamarca 12.
México al tener estas sentencias que únicamente se diferencian en la terminología con la cadena perpetua, se contradice constitucionalmente, pues dichas penas no buscan la reinserción social del interno. Asimismo constituyen una carga económica importante para el Estado y sus contribuyentes.
En conclusión, México aun y cuando no cuenta con cadena perpetua como tal en sus legislaciones, es uno de los pocos países en el mundo que la aplica. En contadas naciones el interno tiene la posibilidad de pasar el resto de su vida tras las rejas, y desgraciadamente México es una de ellas. Evidentemente esto no nos hace un País más seguro, como ya lo he mencionado muchas veces, la solución a nuestro problema de seguridad no reside en políticas represivas con sentencias infinitas, sino en una política integral social.
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